Las producciones pecuarias deben implementar condiciones que permitan apuntar a un buen estatus sanitario, sin sacrificar la rentabilidad. Existen alternativas que lo permiten impactando parámetros zootécnicos, sin elevar costos de producción. Una de las alternativas más comunes es el uso de antibióticos como promotores de crecimiento animal.
En Colombia existen regulaciones acerca del uso de estos en la producción pecuaria, por lo que aquí se resume cuáles son y en qué consisten:
NORMATIVIDAD | RESEÑA |
Documentos aprobados por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) | Establece la política sanitaria y de inocuidad de los alimentos en Colombia para: CONPES 3376: Carne bovina y leche CONPES 3458: Carne porcícola CONPES 3468: Productos avícolas CONPES 155: Política farmacéutica nacional |
Resolución No. 1326 del 30 de junio de 1981 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) | Se adoptan disposiciones para la utilización y comercialización de productos antimicrobianos de uso veterinario. |
Resolución No. 1966 del 5 de septiembre de 1984 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) | Reglamenta el uso de antibióticos como sustancias promotoras del crecimiento o mejoradores de la eficiencia alimentaria. |
Resolución 1082 de 1995 | Por la cual se prohíbe el uso y comercialización de la Furazolidona, la Nitrofurazona y la Furaltadona para uso animal. |
Resolución 00961 de 2003 | Por la cual se prohíbe la administración oral de la Violeta de Genciana en los animales. |
Resolución 991 de 2004 | Por la cual se prohíbe el uso y comercialización del Dimetridazol para uso animal. |
Decreto 3518 de octubre 9 de 2006 del Ministerio de Salud y Protección Social | Se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública (SIVIGILA) del INS (Instituto Nacional de Salud). |
Resoluciones 2341 y 2640 de 23 de agosto y 28 de septiembre de 2007 del ICA respectivamente | Por la cual se reglamentan las condiciones sanitarias y de inocuidad en la producción primaria de ganado bovino y bufalino/porcino destinado al sacrificio para consumo humano. |
Resolución 3585 de 23 de octubre de 2008 del ICA | Aseguramiento de la inocuidad en la producción primaria. Restricción al uso de antibióticos como promotores de crecimiento, cuando tales sustancias se empleen como agentes terapéuticos en medicina humana o medicina veterinaria. |
Resolución 969 de 2010 | Por medio de la cual se prohíbe el uso y comercialización de Olaquindox en producción animal. |
Resolución 2638 de 2010 | Por medio de la cual se prohíbe el Dietilestilbestrol. |
Resolución No. 1382 del 2 de mayo de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social | Establece los límites máximos para residuos de antibióticos y otros medicamentos de uso veterinario en los alimentos de origen animal destinados para consumo humano. |
AUNAP, Plan nacional para el desarrollo de la acuicultura sostenible en Colombia. Febrero, 2014 | Se evidencian debilidades en temas relacionados con la inocuidad de los productos de la acuicultura. Particular referencia al uso indiscriminado de antibióticos, especialmente en la producción de peces ornamentales. |
Resolución 7168 de 2016 | Por medio de la cual se prohíbe el ingrediente arsénico y los compuestos arsenicales en la composición garantizada de alimentos para animales y medicamentos veterinarios. |
Resolución 22747 09 de abril de 2018 del ICA | Por medio de la cual se prohíbe la importación, fabricación, registro, comercialización y uso de aditivos que contengan Polimixina E (colistina) y Polimixina B como promotores de crecimiento en especies animales productoras de alimentos para el consumo humano. |
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Por: Catalina Bedoya – Zootecnista, Analista técnico comercial BIALTEC.